Recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/1472, que modifica parte del Reglamento (CE) 1333/2008 con respecto a la declaración de etiquetado del colorante cochinilla E-120, también llamado carmín, carmines, ácido carmínico o cochinilla.

Como todo aditivo alimentario, debe declararse en el etiquetado indicando en primer lugar el grupo funcional al que pertenece (antioxidante, regulador de la acidez, conservador, colorante, impulsor, emulgente, estabilizante), y en segundo lugar, bien su nº E correspondiente, o una denominación autorizada.

Esta última modificación del reglamento alimentario, especifica que para declarar correctamente la inclusión del colorante E-120 en el etiquetado de alimentos, podemos utilizar las siguientes expresiones:

  • “colorante (E-120)”
  • “colorante (carmín)”
  • “colorante (ácido carmínico)”

Además, esta modificación de la ley alimentaria excluye expresamente las siguientes denominaciones del colorante cochinilla E-120:

  • “carmines”
  • “cochinilla”

Un correcto asesoramiento sobre la declaración de los aditivos alimentarios en el etiquetado de productos alimentarios es clave para cumplir con los requisitos de la inspección.