Colorante E 120

Colorante cochinilla E 120

Recientemente se ha publicado el Reglamento (UE) 2018/1472, que modifica parte del Reglamento (CE) 1333/2008 con respecto a la declaración de etiquetado del colorante cochinilla E-120, también llamado carmín, carmines, ácido carmínico o cochinilla.

Como todo aditivo alimentario, debe declararse en el etiquetado indicando en primer lugar el grupo funcional al que pertenece (antioxidante, regulador de la acidez, conservador, colorante, impulsor, emulgente, estabilizante), y en segundo lugar, bien su nº E correspondiente, o una denominación autorizada.

Esta última modificación del reglamento alimentario, especifica que para declarar correctamente la inclusión del colorante E-120 en el etiquetado de alimentos, podemos utilizar las siguientes expresiones:

  • “colorante (E-120)”
  • “colorante (carmín)”
  • “colorante (ácido carmínico)”

Además, esta modificación de la ley alimentaria excluye expresamente las siguientes denominaciones del colorante cochinilla E-120:

  • “carmines”
  • “cochinilla”

Un correcto asesoramiento sobre la declaración de los aditivos alimentarios en el etiquetado de productos alimentarios es clave para cumplir con los requisitos de la inspección.

No Comments

Sorry, the comment form is closed at this time.